¿Qué aportamos?
Seguridad, confidencialidad
- 100% CONFIDENCIAL 100%
- 100% SEGUIMIENTO 100%
- 100% CONFIANZA 100%
¿Por qué es importante
su denuncia?
Por responsabilidad
Todos debemos involucrarnos en el objetivo común de erradicar el delito en el seno de las organizaciones. Los delitos que se comenten siempre tienen una repercusión, que nos afecta a todos.
Por igualdad
La corrupción en las organizaciones, impide la competencia justa, hace cerrar organizaciones y que se pierdan puestos de trabajo.
Por seguridad
No denunciar una conducta delictiva puede convertirle en cómplice por omisión, incluso podría ser imputado si se demuestra que era consciente de la práctica delictiva.
Por solidaridad
Su denuncia puede mejorar las condiciones laborales o personales de sus compañeros.
El Ilustre Colegio Oficial de Licenciados en Educacion Fisica y en Ciencias de la Actividad Fisica y del Deporte de Andalucia, en adelante COLEF Andalucia, como corporacion de Derecho Publico, se rige por la normativa basica estatal en materia de colegios profesionales, por la Ley 10/2003, de 6 de noviembre, de Colegios Profesionales de Andalucia, en los terminos establecidos en su disposicion adicional tercera, al comprender dentro de su ambito territorial de actuacion, a la Comunidad Autonoma de Andalucia y a las Ciudades Autonoma de Ceuta y Melilla, asi como por los presentes Estatutos.
COLEF Andalucia se regira por las disposiciones legales, estatales o autonomicas, que le afecten; por los presentes estatutos y los del Consejo General de Colegios Oficiales de Licenciados en Educacion Fisica y en Ciencias de la Actividad Fisica y del Deporte, en lo que les sea de aplicacion, asi como por los reglamentos y acuerdos aprobados por los diferentes organos corporativos en el ambito de sus respectivas competencias.
Son fines de COLEF Andalucia:
- Alcanzar la adecuada satisfaccion de los intereses generales en relacion con el ejercicio de la profesion respectiva.
- La ordenacion de ejercicio de la profesion, dentro del marco legal respectivo y en el ambito de sus competencias.
- La representacion institucional de la profesion en general y de modo exclusivo cuando este la profesion sujeta a colegiacion obligatoria de conformidad con lo establecido en el apartado b) del articulo 17 de la Ley 10/2003, de 6 de noviembre.
- Defensa de los intereses generales de la profesion, asi como de los intereses profesionales de los colegiados.
- Velar por el adecuado nivel de calidad de las prestaciones profesionales de los colegiados como mejor proteccion de los intereses de los consumidores y usuarios.
- Controlar que la actividad de sus colegiados se someta a las normas deontologicas de la profesion.
- El cumplimiento de la funcion social de promocion, ensenanza y desarrollo de la educacion y cultura fisica en su mas amplia concepcion.
